Derecho Deportivo

El deporte, en sus múltiples y muy variadas manifestaciones, se ha convertido en nuestro tiempo en un instrumento de equilibrio, de relación y de integración de los seres humanos en relación al mundo que le rodea y es un elemento educativo tanto para los deportistas de élite como para los que lo utilizan simplemente como instrumento de equilibrio psicofísico de la persona.

En Boza Abogados asesoramos a clubes y federaciones deportivas así como a deportistas, en el ámbito jurídico-deportivo, evitando la confrontación y resolviendo dentro de los valores propios del deporte. Sin embargo, agotadas todas las vías extrajudiciales acudimos ante los comités de disciplina y ante los juzgados y tribunales para obtener la satisfacción total del esfuerzo realizado.

¿CÓMO SE CONSTITUYE UN CLUB DEPORTIVO?

La constitución de nuevos clubes deberá formalizarse mediante Acta otorgada en documento público o privado, y deberá adjuntarse a dicha Acta entre otros documentos los Estatutos del Club.

¿QUE ES LA ASAMBLEA GENERAL DE UN CLUB DEPORTIVO?

Es el órgano supremo de gobierno integrada por todos los socios de pleno derecho. Y quien debe escoger la Junta Directiva y todos los cargos que componen el club. El presidente es el representante legal del mismo y preside los diferentes órganos.

¿REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FEDERACIÓN DEPORTIVA CATALANA NUEVA?

Para la constitución de una federación deportiva catalana nueva será necesario la existencia y práctica habitual y competitiva previa de un deporte específico o modalidad deportiva que no estén asumidos por ninguna federación reconocida o que no constituyan una disciplina derivada de una modalidad deportiva.

¿REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FEDERACION DEPORTIVA ESPAÑOLA NUEVA?

Para el caso de una federación deportiva nueva española, será necesario la existencia de la correspondiente Federación internacional, reconocida por el Comité Olímpico Internacional, y con suficiente implantación en el entorno europeo y mundial, así como el interés deportivo nacional o internacional de la modalidad, la existencia de competiciones de ámbito internacional con un número significativo de participantes en las mismas y convocatorias celebradas, la implantación real de la modalidad deportiva en el país, así como su extensión, es decir, el número de practicantes existentes en España y su distribución en el territorio nacional, el reconocimiento previo por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes de la modalidad de que se trate, la viabilidad económica de la nueva Federación.

¿QUÉ FORMALIDADES SE REQUIEREN EN AMBOS CASOS?

En ambos casos, deberá formalizarse necesariamente otorgando un acta fundacional suscrita por representantes legales o miembros de un mínimo de 10 entidades deportivas, para el caso de Catalunya y 65 clubes deportivos, radicados por lo menos, en seis Comunidades Autónomas, o por nueve Federaciones de ámbito autonómico.

Quedará válidamente constituida cuando sea reconocida por la Administración Deportiva correspondiente. Dichos estatutos tienen que ser aprobados inicialmente por los mismos socios constituidos en Asamblea General a fin de poderse inscribirse la misma en el Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya para el caso de las catalanas o bien en el Registro de Asociaciones Deportivas del Consejo Superior de Deportes para el caso de las españolas y será en ese momento cuando quedará válidamente constituida la Federación.

¿CÓMO SE CONVOCAN ELECCIONES EN FEDERACIONES DEPORTIVAS?

La convocatoria para la elección del cargo de la junta Directiva de las Federaciones Deportivas debe acordarse en la Asamblea General, debiéndose fijar un orden del día donde debe constar las propuestas del procedimiento que debe seguirse para la elección, la del reglamento y calendario electoral así como nombramiento de la Junta Electoral.

¿CÓMO SE TRAMITAN EXPEDIENTES SANCIONADORES?

Los expedientes sancionadores son iniciados por los comités de competición y disciplina contra los socios o clubes cuando se infringen los Estatutos y Reglamentos internos de un club o de una federación. Se dividen en dos fases, la instructora y la sancionadora y termina con la resolución que puede ser desestimatoria o sancionatoria.

¿CABE INTERPONER RECURSOS ANTE RESOLUCIONES DEPORTIVAS?

Contra éstas resoluciones, se podrá presentar recurso de apelación al Comité de Apelación y contra dicha resolución podrá presentarse Recurso ante el Tribunal Català de l’Esport, para el caso de federaciones y clubes de ámbito catalán y ante el Comité Español de Disciplina Deportiva para el caso de federaciones y clubes de ámbito estatal, agotando en éstos casos la vía administrativa, por lo que finalmente dichas resoluciones son susceptibles de ser recurridas ante los tribunales ordinarios.

Amplia experiencia en el ámbito del Derecho Deportivo

En Boza Abogados llevamos a cabo todos los trámites y gestiones necesarios para la constitución de nuevos clubes y federaciones deportivas, tanto de ámbito catalán como estatal, y todas las modificaciones de estatutos necesarias de clubes y federaciones ya existentes.
Preparación de las Asambleas Generales y Juntas directivas del orden del día, motivos de impugnación, levantamiento de actas, cuestiones jurídicas varias. Igualmente, preparamos y seguimos todos los trámites para convocar elecciones de clubes y federaciones y dar un asesoramiento jurídico a las Juntas electorales que lo precisen.
Especialistas en tema de dopaje deportivo y en expedientes disciplinarios por infracción deportiva con sanción deportiva y que también puede dar lugar a un procedimiento judicial ante los Tribunales ordinarios.


Especializaciones en Derecho Deportivo:

  • Deportistas, Clubes y Federaciones : asesoramiento y defensa según la ley catalana del deporte y la española.
  • Constitución de clubes y federaciones nuevas
  • Preparación y celebración de Asambleas Generales Extraordinarias y Ordinarias en clubes y Federaciones, y asesoramiento de los Socios al acudir a ellas
  • Preparación de procesos electorales, o impugnar los constituidos de manera irregular, y asegurar aClubes y Federaciones el válido nombramiento de su Junta Directiva
  • Tramitar los expedientes sancionadores de competición de competición y disciplina contra socios o clubes o cualquiera que infrinja los Estatutos y Reglamentos internos de un club o federación ante los organismos disciplinarios sancionadores y Comités de Disciplina Deportiva y Comités de Apelación
  • Recursos, alegaciones y actuaciones ante los juzgados ordinarios nacionales e Internacionales y Tribunales como Tribunal Català del’Esport y TAS
  • Dopaje Deportivo.