Derecho Mercantil

Prácticamente la totalidad de las empresas españolas se acogen al modelo de sociedad mercantil capitalista. Por ello, al constituir una sociedad, es importante asesorarse y saber cuál es la más adecuada para cada caso.

Puede encontrarse en situación de insolvencia, es decir, no poder pagar sus créditos y ser por razones sobrevenidas, y para ello está el procedimiento concursal, para detener el devengo de intereses y posibilitar una quita y espera que haga posible cumplir en el tiempo, con las obligaciones que en este momento no pueden hacerse efectivas.

También puede ser el acreedor de una persona física o jurídica inmersa en un concurso de acreedores, entonces se debe comunicar el crédito al concursado, al objeto que sea incluido tanto en el informe concursal como en la propuesta de convenio y poder obtener el cobro al menos de una parte de la deuda.

¿QUÉ SON LAS SOCIEDADES DE CAPITAL?

La Sociedades de capital son de carácter mercantil y vienen reguladas por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y pueden ser de tres tipos: sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y comanditarias por acciones.

¿QUÉ UNA SOCIEDAD ANÓNIMA (S.A.)?

Es la sociedad que su capital social está dividido en acciones y se integra por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales y cuyo capital social no podrá ser inferior a 60.000.-€.

¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA?

Es la sociedad que su capital social está dividido en participaciones sociales y se integra por las aportaciones de todos los socios, quienes no responderán personalmente de las deudas sociales y cuyo capital social mínimo no podrá ser inferior a 3.000.-€.

¿PUEDEN SER ESTAS SOCIEDADES UNIPERSONALES?

Las sociedades anónimas y las de responsabilidad limitada pueden ser constituida por dos o más socios o también unipersonal, es decir constituida por un único socio o bien por dos o más socios, cuando todas las participaciones hayan pasado a ser propiedad de un único socio.

¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES?

Su capital social está dividido en acciones que se integran por las aportaciones de todos los socios, uno de los cuales, al menos, responderá personalmente de las deudas sociales como socio colectivo y cuyo capital social no podrá ser inferior a 60.000.-€.

¿CÓMO SE CONSTITUYEN LAS SOCIEDADES DE CAPITAL?

En Escritura Pública otorgada por los socios fundadores y con la necesaria elaboración de los estatutos de la sociedad de capital, que regirá el funcionamiento de la misma, debiendo constar todos sus requisitos como la denominación, objeto, capital, y deberá inscribirse en el Registro Mercantil del domicilio social de la sociedad.

¿CUÁNDO SE DISUELVE UNA SOCIEDAD DE CAPITAL?

Las sociedades de capital se disolverán por el transcurso del término de duración fijado en los estatutos o bien por el transcurso de un año desde la adopción del acuerdo de reducción del capital social por debajo del mínimo legal. La disolución de la sociedad abre el período de liquidación.

¿QUÉ ES EL CONCURSO DE ACREEDORES?

El Concurso de Acreedores es la figura legal por la que cualquier empresario individual o societario, o bien un particular, solicita el auxilio judicial para obtener una declaración en la que se nombra un administrador concursal, para que bajo la supervisión del juez que deba conocer del asunto, se administre la sociedad o el patrimonio de la persona física, hasta llegar a una decisión final.

¿QUIÉN PUEDE INSTAR EL CONCURSO DE ACREEDORES?

El concurso lo puede solicitar el propio deudor (concurso voluntario), o sus acreedores (concurso necesario), así como el mediador concursal.

Amplia experiencia en el ámbito del Derecho Mercantil

En Boza Abogados, le asesoraremos y le facilitaremos todos los trámites necesarios para constituir una sociedad de capital o modificar una ya existente con la redacción de sus estatutos , elevar a Escritura pública e inscribir en el Registro Mercantil. Así como asistir a las reuniones de socios y accionistas, a sus Juntas y asesoramiento integral para el buen funcionamiento de la empresa.
Igualmente, promover los concursos de acreedores o comparecer en ellos en reclamación del crédito debido y exigir su pago al concursado.

En Boza Abogados ofrecemos nuestros servicios jurídicos para la obtención de máximo garantía de éxito en la constitución de su sociedad de capital y buen funcionamiento de la misma.
Igualmente, nuestra prioridad es que en casos de insolvencia por causas sobrevenidas puedan superarse y sino poder acogerse a un procedimiento concursal.
Cuando nuestro cliente es el acreedor actuamos con máxima eficiencia para conseguir el pago de sus créditos y sean liquidadas las deudas con él contraídas.


Especializados en todas las áreas de Derecho Mercantil, así como en:

  • Constitución de sociedades de capital
  • Elaboración de estatutos sociales
  • Inscripción en el Registro Mercantil correspondiente
  • Transformación, fusión y absorción de las sociedades mercantiles
  • Escisión, disolución y liquidación de sociedades
  • Instar el concurso de acreedores para el caso de insolvencias y seguimiento de todos los trámites procesales
  • Comunicación al concursado de los créditos debidos al acreedor al objeto que sea incluido tanto en el Informe concursal como en la propuesta de convenio y seguimiento de todos los trámites procesales