Accidentes de Tráfico

Cualquier persona puede verse involucrada en un accidente de circulación y sufrir daños y lesiones corporales.

Cuando hay implicado al menos un vehículo en movimiento en la vía pública y por un acontecimiento fortuito se ocasionan daños y lesiones en las personas, se pueden reclamar por ellos, cubriendo su pago las compañías aseguradoras.

¿SE HAN DESPENALIZADO LAS FALTAS?

Con la LO 1/2015 de 30 de marzo de reforma del Código Penal, se ha despenalizado las faltas , por lo que actualmente, en los supuestos de lesiones producidas por imprudencia leve como puede ser por ejemplo un latigazo cervical, el lesionado debe acudir a la vía civil para reclamar la indemnización que crea corresponderle.

¿ES NECESARIO RECLAMAR PREVIAMENTE A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS ANTES DE ACUDIR A LOS JUZGADOS?

Es necesaria la previa reclamación del perjudicado al asegurador, antes de acudir a los juzgados e ir debidamente asesorado por el Abogado.

¿CÓMO SE LLEVA A CABO ESTA RECLAMACIÓN PREVIA A LA COMPAÑÍA DE SEGUROS?

Dicha reclamación previa deberá realizarse por escrito a la compañía de seguros y la compañía de seguros en el plazo máximo de tres meses, deberá realizar oferta motivada de indemnización si considera que concurre su responsabilidad o bien respuesta motivada en caso contrario.

¿ESTÁ OBLIGADA LA VÍCTIMA ACEPTAR LA RESPUESTA DE LA COMPAÑÍA DE SEGUROS?

La victima puede aceptar o no el importe ofrecido por la compañía de seguros y puede mostrarse disconforme con la respuesta dada por ella, en cuyo caso deberá presentar la oportuna demanda de reclamación de daños y perjuicios derivados de la circulación contra la compañía de seguros ante los Tribunales.

¿SIGUE EXISTIENDO LA VÍA PENAL PARA RECLAMAR POR LAS LESIONES SUFRIDAS?

Si, para el caso que se produzcan lesiones de mayor entidad ,ya sea por dolo o imprudencia grave o menos grave, o bien el fallecimiento de la víctima del accidente, es por la vía penal que solicitamos la indemnización correspondiente así como la pena pertinente contra los acusados.

¿QUÉ OCURRE SI SE ARCHIVA EN ESTOS SUPUESTOS LA CAUSA PENAL?

Que las pretensiones indemnizatorias estarán abocadas a ser dirimidas en la jurisdicción civil, mediante el procedimiento declarativo correspondiente.

¿QUIÉNES SON LOS PERJUDICADOS EN CASO DE FALLECIMIENTODE LA VÍCTIMA?

En caso de fallecimiento, ostentan la condición de perjudicados el cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y los “círculos próximos”, es decir aquélla persona que hubiera convivido familiarmente con la víctima durante un mínimo de 5 años inmediatamente anteriores a la defunción y fuera especialmente próximo a ella en parentesco o afectividad.

¿CUÁLES SON LAS REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN?

Para la determinación de la indemnización se establecen tres tablas relativas a la defunción, secuelas y lesiones temporales y para el cálculo del importe se tendrá en cuenta diferentes factores, como puede ser la edad de la víctima, los perjuicios sufridos , entre otros, por lo que para la determinación del cálculo de la cuantía a percibir se analiza el caso concreto.

Boza Abogados cuenta con amplia experiencia en accidentes de tráfico y responsabilidad civil

En Boza Abogados, realizamos los cálculos de indemnizaciones a percibir por las víctimas de accidentes de circulación,al contar con equipo de médicos y psicólogos especialistas que concretan las lesiones y secuelas sufridas, y negociamos con las compañías de seguros hasta alcanzar un acuerdo extrajudicial satisfactorio para nuestro cliente.
En caso de no ser posible dicho acuerdo, acudimos a la vía judicial y planteamos todas las demandas civiles o denuncias penales necesarias y seguimos todos los trámites procesales hasta dictar Sentencia y obtener la indemnización que cubra los daños y lesiones sufridas, lucro cesante y daño emergente, intereses y costas ocasionadas, a pagar por la compañía aseguradora correspondiente.

En Boza Abogados somos expertos en propuestas y negociaciones con las compañías de seguros al objeto de obtener el máximo beneficio para las víctimas de accidentes de tráfico, intentado alcanzar acuerdos extrajudiciales que satisfagan a nuestros clientes.

Cuando la vía extrajudicial se ha agotado y la víctima no ha sido aún resarcida por los daños y perjuicios sufridos por el accidente, acudimos ante los Tribunales con la máxima satisfacción para nuestros clientes y obtener el pago de la compañía de seguros de la indemnización solicitada con el lucro cesante e intereses y costas del procedimiento judicial.


Nuestro equipo legal puede intervenir en situaciones como:

  • Cálculo de indemnizaciones a percibir por la víctima según lesiones y secuelas determinadas por equipo médico y psicológico
  • Reclamación Extrajudicial de la indemnización por daños patrimoniales a la compañía de seguros
  • Reclamación Extrajudicial de la indemnización por lesiones de la víctima a la compañía de seguros
  • Reclamación Extrajudicial de la indemnización por fallecimiento de la víctima a la compañía de seguros
  • Reclamación Judicial de la indemnización por daños patrimoniales contra los intervinientes en el accidente de circulación y contra la compañía de seguros
  • Reclamación Judicial por lesiones sufridas así como por fallecimiento de la víctima, cuando no se alcanza acuerdo alguno con la compañía de seguros, contra ésta y demás intervinientes
  • Recursos judiciales contra resoluciones dictadas
  • Autos de cuantía máxima
  • Gestiones para el cobro de las cantidades acordadas
  • Ejecución de Sentencias y cobros de la cantidades dictaminadas